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EL MUNICIPIO INSTALÓ CÁMARA DE SEGURIDAD PARA EVITAR LA GENERACIÓN DE UN MACROBASURAL

MGP Instalacion de camara de seguridad en av 10 de Febrero 1

Por pedido expreso del intendente Carlos Fernando Arroyo, el Municipio instaló una cámara de seguridad sobre la av. 10 de Febrero, barrio Santa Celina, en el camino hacia el Cementerio Parque. Se trata de un espacio donde continuamente se arrojan residuos en la vía pública generando un macrobasural. En diferentes oportunidades, el Intendente supervisó operativos de limpieza en este sector de la ciudad.

Este dispositivo fue instalado desde la Secretaría de Tecnología e Innovación junto a personal del Ente de Vialidad y Alumbrado Público (EMVIAL) y será monitoreado desde el Centro de Operaciones y Monitoreo (COM).

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Hace menos de 10 días, Arroyo y el presidente del EMSUR, Eduardo Leitao, encabezaron un operativo de limpieza en el cual se recogieron 210 toneladas de residuos y se desmalezaron las banquinas. Un operativo de similares características fue realizado en junio, al igual que en septiembre del año pasado, siempre en acompañamiento de personal municipal del Departamento de Higiene Urbana y la empresa 9 de Julio. En estas ocasiones, Arroyo se hizo presente junto a funcionarios de su gabinete como Marcelo Lencina (subsecretario de Seguridad), Sergio Andueza (subsecretario de Tecnología e Innovación) y Hernán Mourelle (secretario de Hacienda).

MULTAS POR ARROJAR RESIDUOS EN LA VÍA PÚBLICA

El Intendente, por medio del Decreto N° 1326, estableció duras sanciones para las personas que arrojen basura en la vía pública. Según esta norma, los fundamentos se basan en las graves consecuencias que representan para el medio ambiente y la salubridad e higiene de la población la generación de focos infecciosos en lugares de uso público o de uso privado no cercados. Aquellas personas que dispongan los residuos sólidos o líquidos de forma inadecuada se los sancionará con multas que se fijarán sobre la base de 100 salarios mínimos del personal municipal. Además, según dispone la norma, si el infractor se moviliza en algún tipo de vehículo, el Juez tendrá la obligación de sancionar con 30 a 360 días de secuestro del mismo.